Reglamento Electoral -- Federación Valenciana de Dominó ----- JAUME I
REFRANERO POPULAR:
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FEDERACIÓN VALENCIANA DE DOMINÓ NORMAS ELECTORALES

Normas aprobadas en reunión de Junta Directiva de fecha 27 de Septiembre de 2005

Las presentes normas estarán en vigor hasta tanto no se apruebe el REGLAMENTO DE REGIMEN ELECTORAL.

1. - DISTRIBUCIÓN DEL VOTO

La Federación Valenciana de Dominó Jaume I, en adelante FVD, está constituida por 9 Asociaciones, en la fecha actual. Tendrán derecho a VOTO los Presidentes de las Asociaciones integrantes, o persona delegada, con arreglo al siguiente baremo , y atendiendo al número de licencias que representen:

    1.  La Asociación debe acreditar un mínimo de 1 licencia        para poder ejercer su derecho a voto.
    2.  Por cada 10 licencias que acredite tendrá derecho        a un voto: entre 1 y 10 licencias tendrá 1 voto; entre        11 y 20 tendrá 2 votos; entre 21 y 30 tendrá 3 votos y        así sucesivamente
    3.  Votará el presidente de la Asociación o persona        delegada.

Además tendrán un voto más las Asociaciones fundadoras: Miravalles, Lord Byron y Benimaclet y el Presidente y el Secretario de la anterior Junta Directiva.

2. - CANDIDATURAS

Podrán ser candidatos a la Presidencia de la FVD cualquier persona que cumpla los siguientes requisitos:

    2.1  Ser mayor de edad.
    2.2  Ser miembro de cualquiera de las Asociaciones         integrantes de la FVD.
    2.3  Tener licencia en vigor.
    2.4  No tener DEUDA alguna con su Club, Asociación         o Federación.
    2.5  No estar SANCIONADO por el Comité de         Disciplina de la FVD u Órgano Superior.
    2.6  No tener responsabilidades similares en otras         Asociaciones Deportivas.

3. - FORMA Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN

Las Candidaturas se presentarán por escrito y dirigidas al SECRETARIO DEL COMITÉ ELECTORAL, a su vez SECRETARIO GENERAL de la FVD, y contendrán:

    3.1  Nombre y Apellidos del Candidato.
    3.2  Número del DNI y fotocopia del mismo.
    3.3  Domicilio del Candidato.
    3.4  Número de Teléfono, e-mail, etc., si los tiene.

El PLAZO DE PRESENTACION de Candidaturas se iniciará 30 días antes de la fecha de elección y se cerrará a los 15 días de su iniciación.
El periodo de CAMPAÑA ELECTORAL se iniciará una vez concluido el plazo de presentación de Candidaturas y publicación de las mismas por parte del Comité Electoral.

4. - COMITÉ ELECTORAL

Será nombrado por la Junta Directiva en la que se produzca la Convocatoria de Elecciones.
Estará compuesto por:

    4.1  Un Presidente.
    4.2  Un Secretario.
    4.3  Un Vocal.

Sus funciones serán:

    Convocar las elecciones.
    Establecer el Plazo de Presentación de Candidaturas.
    Recoger las Candidaturas.
    Proclamar los Candidatos.
    Establecer el periodo de Campaña Electoral.
    Presidir la Mesa Electoral.
    Comprobar las licencias que representan las Asociaciones y el número de votos a que tienen derecho.
    Efectuar el escrutinio.
    Proclamar los resultados.

Dicho comité quedará disuelto una vez proclamado el Presidente de la FVD.

Valencia, 27 de Septiembre de 2005

Fdo. HERMENEGILDO GIL GÓMEZ   SECRETARIO FVD

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